Hay
una serie de contraindicaciones absolutas y relativas para que las mujeres embarazadas
realicen ejercicio según la ACOG
(American Congress of Obstetricians and Gynecologists) y son las siguientes:
ABSOLUTAS
- Enfermedad de miocardio activa.
- Insuficiencia cardiaca.
- Enfermedad cardiaca reumática (clase II o superior).
- Tromboflebitis.
- Embolismo pulmonar reciente.
- Enfermedad infecciosa aguda.
- Incompetencia cervical.
- Embarazo múltiple.
- Hemorragia genital.
- Rotura prematura de las membranas ovulares.
- Crecimiento intrauterino retardado.
- Macrosomía fetal.
- Isoinmunización grave.
- Enfermedad hipertensiva grave.
- Ausencia de control prenatal.
- Sospecha de sufrimiento fetal.
*En embarazos múltiples no está aconsejada la práctica de ejercicio físico pues se considera un embarazo de riesgo.
RELATIVAS
- Hipertensión arterial esencial.
- Arrtimias cardíacas o palpitaciones.
- Historia de crecimiento intrauterino retardado.
- Historia de parto prematuro.
- Historia de abortos previos.
- Anemia u otros trastornos hematológicos.
- Enfermedad tiroidea.
- Diabetes mellitus.
- Bronquitis crónica.
- Presentación podálica en el último trimestre de gestación.
- Obesidad excesiva.
- Delgadez extrema.
- Limitaciones ortopédicas.
- Problemas de apoplegía.
Asimismo, hay una serie de síntomas que pueden aparecer durante el ejercicio y que obliga a la mujer embarazada a suspender automáticamente la actividad e ir al médico. Estos son:
- Dolor de algún tipo (espalda, pubis, pecho, etc).
- Hemorragia o mínimo sangrado vaginal.
- Vértigos.
- Disnea previa al ejercicio.
- Falta de aliento.
- Debilidad muscular.
- Palpitaciones.
- Desfallecimiento.
- Taquicardia.
- Dolor o inflamación en pantorrillas.
- Disminución de movimientos fetales.
Visto todo esto se puede entender por qué, antes de comenzar cualquier actividad, hay que contar con el permiso del médico. Es importante descartar que exista algún tipo de contraindicación o riesgo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario